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La LUC


@|El 1° de marzo de 2020, el presidente del Pit- Cnt, Fernando Pereyra, manifestó que no permitiría la pérdida de derechos obtenidos en años anteriores; esos derechos ganados cuando cogobernaba, se ven limitados por la Ley de Urgente Consideración (LUC).

Los principales derechos son: el artículo que reglamenta la huelga, que establece el derecho a los no huelguistas a entrar a la empresa y por supuesto que pueda entrar el propietario. De esta forma, no pueden protestar entrando con caballos al Municipio, o al despacho del Intendente, con bombos y platillos, ni entrar a empresas como lo que sucedió en Friopan, etc. Además, la exigencia de tener personería jurídica para presentarse a las elecciones del BPS; porque no quieren, por algo será...
El resto de los artículos que son 130, aproximadamente, no les incomodaría, pues de eso no hablan. Repito, en el fondo es eso; quedarían muy mal si quisieran derogar solamente lo establecido anteriormente.

La mayoría de sus críticas no tienen sentido ni razón; como el tema de los arrendamientos, de la seguridad, de la educación, la inclusión financiera, las adopciones, etc.

Repito, lo que le duele al Pit Cnt es no poder tomar las empresas durante las huelgas y el tema de la personería jurídica; sólo critican los demás artículos sin razón alguna.

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