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Derechos humanos


@|Importa esclarecer y dar transparencia a conceptos que son elementales pero no menos válidos y sustantivos, que hacen a las causas que justifican la aprobación de una Ley justa para los condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en la dictadura.

No es de recibo, es poco elegante y reveladora de corporativismo la motivación ofrecida por Cabildo Abierto, para proponer la ley en cuestión.

En cambio, es muy plausible llevar adelante dicha ley esgrimiendo razones de humanidad, derecho, jurisprudencia, racionalismo y no discriminación.

En Uruguay no existe la prisión perpetua. Incluso, los más aberrantes criminales comunes han sido liberados antes de cumplir sus condenas y muchos han tenido condenas ridículamente bajas y otros no fueron condenados a pesar de la convicción del Juez, todo lo cual es discriminatorio para los militares presos.

Por otra parte, quienes saben de leyes se han manifestado profusamente sobre la existencia de vicios legales en los procedimientos judiciales que determinaron el procesamiento y prisión de la mayoría de los militares recluidos. Además, todos los encarcelamientos susodichos están basados en una ley interpretativa que fue declarada inconstitucional.

La pregunta de un diletante: ¿en vez de aprobar una ley, no sería suficiente con derogar la que oportunamente fue declarada inconstitucional?

Además, todos los corporativismos son perniciosos en cualquier sector de la sociedad, ya sean logias, oligopolios, asociaciones, etc. y son más dañosos aún en las Fuerzas Armadas, que deberían ser una posesión entrañable del pueblo uruguayo y no un fin en sí mismas.

Por lo tanto, estamos convencidos de que todo el ámbito castrense (tierra, mar y aire) tiene la obligación moral de levantar el velo del secreto sobre el destino de los desaparecidos en dictadura, para poner un punto final paliativo del dolor y la pena de los familiares.

Ello, independientemente del resultado de aprobación o denegación de la ley.

La amnistía (que es necesaria) y el informe sincero (que es necesario) no deben condicionarse mutuamente para ser formulados. Ambas cosas tienen su propio peso muy importante y no importa cual suceda primero; tal la relevancia de los efectos que producirán.

En definitiva, el resultado más grande será la paz que habrá derivado de saber castigados a los culpables (algunos murieron en prisión) y una especie de epifanía al saber la verdad concreta sobre los desaparecidos.

Finalmente, convengamos que no pueden seguir presos indefinidamente por doble motivo:

1) Están recluidos ilegalmente, habida cuenta de dos plebiscitos realizados, y una ley inconstitucional.

2) Han tenido un gran castigo, y más grande aún, si lo comparamos con delitos comunes.

Asimismo, los militares deberán comprender que la culpa, el castigo y el deshonor, si lo hubo, ya transcurrieron, ya fueron, ya pasaron. No pueden seguir hablando de pacto de honor. ¿En honor a qué? ¿En lealtad a qué? ¿El espíritu de las FFAA es acaso representativo de algo que no sea el Deber y el Amor a la Patria, o sea a los ciudadanos? Todo pasó, se demostró y se castigó. ¿Cuál es el objetivo de callar? ¿Acaso es una entelequia indescifrable?

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