Ricardo Reilly Salaverri
Ricardo Reilly Salaverri

Llamativa diferencia

Si se revisa alrededor del mundo, los puertos tienen una condición de monopolio natural y para eso están regulados tarifariamente y a través de la productividad, con inversiones que se deben cumplir” (subrayemos la palabra “monopolio”).

Alguien podría vincular estos conceptos con la concesión adjudicada en subasta pública irreprochable al consorcio belga -uruguayo (Katoen-Natie-ANP), Terminal Cuenca del Plata S.A., para gestionar a la única terminal especializada de carga de contenedores del Puerto de Montevideo. No es así ya que aquí solo hay una concesión limitada a ese monopolio “natural” existente respecto de la mencionada carga. Esta concesión obligaba a grandes inversiones privadas ya cumplidas, a que las autoridades derivasen prioritariamente a TCP las cargas de contenedores y a que solo si le desbordaban se les enviasen a los muelles públicos que operan en libre competencia.

La cita del principio pertenece al gerente del “holding” chileno Ultramar Richard von Appen quien además dijo “son muchos los puertos del mundo donde una misma empresa está a cargo de toda la operación de una terminal de cargas…” Aludía -agregamos- a la gestión del puerto de Valparaíso en Chile a cargo de su representada que aspiraba a participar de una licitación allí destinada a adjudicar la terminal de cargas. Le criticaban por entender que este propósito aumentaba al monopolio del que era titular (fuente: El Mercurio, publicado en Mundo Marítimo, medio de prensa chileno disponible en internet).

El grupo von Appen en Chile fue fundado hacia 1940 por un jerarca del partido nazi alemán -lo que le atrajo comentarios inamistosos- y fue continuado por su descendencia. Hoy participa en varias actividades estratégicas. Es tema chileno. En nuestro país Ultramar es accionista principal de Montecon S.A. Empresa que durante la era frentista se benefició, sin presentarse válidamente en licitación alguna, ni tener contrato habilitante de concesión, ni compromisos de inversión respecto del Puerto de Montevideo. Las autoridades frentistas le desviaron cargas de contenedores violatorios de los derechos de “priorización” de TCP; facilitándole operar con precios bajos, facilitados por el marco irregular citado.

La flagrante ilegalidad generó fundados riesgos de condena arbitral internacional contra Uruguay, por los daños graves que ocasionase la violación del contrato de concesión vigente con TCP. Lo cual se ha superado merced al acuerdo reciente del Gobierno nacional con TCP. Que tiene en curso de ejecución una inversión de 460 millones de dólares en nuevas instalaciones.

Recientemente atendíamos a una carta pública titulada “La importancia de la libre competencia” (portuaria) suscripta por Richard von Appen -quien suponemos es el firmante de los conceptos citados al principio- en este caso, como presidente de Montecon (“Búsqueda , 19/05/022).

La libre competencia no es tal -advertimos- cuando se desconoce al orden legal y contractual portuario vigente en un país. Lo más llamativo es que esta idea es totalmente opuesta a la defensa del monopolio portuario predicada en Chile. Bajo similar firma.

El Directorio de la Administración Nacional de Puertos viene de disponer una auditoria externa sobre todo lo ocurrido en el tema desde el año 2001 cuando comenzó la concesión de la terminal a TCP en adelante. Aportará a la imagen internacional que merece el país.

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