Leonardo Guzmán
Leonardo Guzmán

“Buena fe procesal”

La presente nota lleva el título del reciente libro del Dr. Juan J. Benítez Caorsi editado por el Fondo de Cultura Universitaria. Desde luego, en esta columna no comentamos obras jurídicas; y si nos detenemos hoy en este trabajo no es por conocer al autor, a quien nunca habíamos leído.

Es porque la buena fe es un tema primordial pero sin resolver y porque este nuevo enfoque retoma grandes tradiciones y actualiza los conceptos hasta un nivel digno de aplauso, en relación con un tema que nace antes que el Derecho y va mucho más allá de la legalidad.

En verdad, la buena fe está públicamente en tela de juicio. Tanto, que hace unos días la Suprema Corte condenó en tributos y costos unas inconstitucionalidades enjaretadas para dilatar un proceso penal, y si eso fue noticia ayer es porque hasta ahora las toleraba sin castigar la mala fe de los chicaneros. Tanto, que al agendarnos para entrar a un Juzgado, a los abogados y escribanos se nos recuerda que “El uso de la agenda web deberá ajustarse a los principios recogidos en el art. 5 del CGP “(Buena fe, lealtad y colaboración procesal)”, y se nos agrega que “Los sujetos del proceso deberán actuar con veracidad y brindar la máxima colaboración para la realización de todos los actos procesales”. Lo cual ofende a los profesionales leales, pero indica la laya de trapacerías con cuya intromisión se lidia hoy.

El trabajo del Dr. Benítez Caorsi tiene el mérito de ser una elaboración propia, cuyos rasgos de personalidad no se sometieron a podas ni pasteurizaciones que pudieran imponerle un formato estándar. Por su rescate de nuestros clásicos Couture, Moretti y Gelsi y su profundo manejo de la doctrina europea, especialmente alemana, el libro levanta vuelo. En una época en que el conocimiento se reemplaza por protocolos, en que se tiene por verdad lo generalmente aceptado y en que muchos sustituyen su conciencia por la adivinación de qué va a resolver el Tribunal si le toca pronunciarse sobre una apelación, debe alegrarnos que la elaboración personal genere resultados que marcan diferencia y retoman la tradición nacional de pensamiento propio.

El saber no avanza por obediencias sino por independencias. En ciencias físico-químicas lo mostraron Bachelard con su epistemología del obstáculo y Feyerabend con su discurso contra el método. En las ciencias y artes culturales lo evidenciaron Sorokin al defender la intuición espiritual, Max Scheler con su fenomenología de los valores y nuestro Vaz Ferrera en su lucha por pensar claro.

Al devolver el Derecho a sus raíces morales y al exigir coherencia en las conductas de los litigantes, las reflexiones desembocan en mucho más que exaltar la buena fe en los procesos. La reclaman para todo diálogo, para toda discrepancia, para toda cuestión de la vida entera. Y eso es trascendental, en tiempos erizados de procedimientos rígidos, de formularios preparados a la defensiva y de trampas no ya procesales sino sustanciales.

En época de tempestad conceptual, obras como esta integran la corriente mundial de respuesta a los relativismos, al culto de los intereses desbocados y a la anarquía del pensamiento. Nos confirman que, como enseñó Carnelutti -visitante ilustre de nuestras playas-, el Derecho tiene por función cambiar y enderezar la realidad.

Lo cual nos compromete más allá de las viseras y anteojeras de expedientes y especialidades.

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