INICIATIVA COLORADA

Buscan corregir "beneficio" de diplomáticos y militares

El sector Ciudadanos propone incrementar las pensiones para los hijos de funcionarios en el exterior.

Retención: proponen la derogación de normativas que establecen el cálculo de pensiones alimenticias para diplomáticos y militares. Foto: Archivo El País
Retención: proponen la derogación de normativas que establecen el cálculo de pensiones alimenticias para diplomáticos y militares. Foto: Archivo El País

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Un embajador de Uruguay en el exterior, percibe hoy un salario de entre US$ 10.000 y US$ 16.000. Sin embargo, las retenciones judiciales que se le aplican por pensiones alimenticias para sus hijos se fijan sobre sus salarios presupuestales, que son muy bajos.

La norma, que también rige actualmente para efectivos militares que se encuentran en misiones en el exterior del país, es rechazada en Ciudadanos que propone su derogación.

El diputado colorado, Felipe Schipani, presentará un proyecto de ley para derogar el artículo 174 de la ley N° 16.226 y el artículo 78 de la ley N° 16.320, al entender que las normativas significan un “privilegio” para diplomáticos y militares por encima de todos los trabajadores del país.

De hecho, Schipani -hijo de diplomático- no tuvo que estudiar tanto las normativas. Es que recuerda como hace años su madre entabló un litigio por la pensión alimenticia para él y su hermano.

“Siempre me pareció una injusticia que los diplomáticos cuando están en el exterior, tengan un privilegio con respecto al resto de los uruguayos”, señaló a El País el diputado colorado, que calificó a las normativas de “inmorales”.

El legislador entiende que “los diplomáticos tienen muy buenos salarios y no hay justificación para que no se hagan cargo de las pensiones alimenticias de sus hijos como lo hace cualquier uruguayo”.

Para el diputado, tal como lo establece el Código de la Niñez y la Adolescencia, las pensiones alimenticias se deben retener de todos los ingresos que perciban los trabajadores. Por eso, sostiene que es una “injusticia” que en estos casos se retenga solo el salario presupuestal.

Hoy, los salarios que perciben los diplomáticos (embajadores, ministros y consejeros, entre otros) se calcula en base al sueldo presupuestal multiplicado por un coeficiente que marca la Organización de Naciones Unidas (ONU) en función de cada país en el que se realiza la labor. Por ejemplo, el sueldo presupuestal de un embajador es hoy de $ 11.130, mientras que el de un tercer secretario es de $ 4.620.

En Cancillería se informó a El País que hoy son alrededor de 200 los funcionarios que se encuentran en el exterior del país. La cifra crece a unos 1.200 en el caso de los efectivos militares que se encuentran en misiones.

Por otro lado, el diputado colorado también propone que el coeficiente que hoy se aplica a las asignaciones familiares de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que desempeñen funciones en el exterior del país “estará condicionado a que los beneficiarios residan conjuntamente con el funcionario en el exterior”.

En su exposición de motivos, Schipani advierte que “no existen razones de mérito para excluir del régimen de equilibrada justicia a aquellos obligados por el solo hecho de ser militar o diplomático cumpliendo funciones en el exterior del país”. Es más, apunta que “la retribución del diplomático durante el desempeño de funciones en el exterior es de las más altas que paga el Estado”.

Polémica

En diciembre de 2017 la Justicia determinó que un diplomático conceda el 25% de todos sus ingresos líquidos a su hija que tenía “serios y graves problemas de salud que condicionaban su desarrollo”, señala una sentencia judicial a la que accedió El País.

Su madre entabló un juicio al funcionario dado que al asumir en 2016 un cargo en Relaciones Exteriores “comenzó a pagar una cuota insuficiente para los gastos” de su hija de 18 años.

En la sentencia se indica que “la adolescente amerita importante erogación de dinero que la actora (demandante) no puede solventar de forma exclusiva”. Por ejemplo, advierte que debía costear el pago de una niñera, la cuota escolar, dentista, pañales, una dieta especial y gastos en medicamentos que no podía afrontar sola.

En definitiva, la Justicia dictaminó que el Ministerio de Relaciones Exteriores estaba practicando erróneamente el cálculo de la pensión alimenticia dado que “no cabe duda que a partir de la sanción del Código del Niño y Adolescente, el concepto de ingreso sobre el que debe efectuarse el cálculo de las pensiones alimenticias incluye los de cualquier naturaleza, periódicos o no, que se originen en una relación laboral”.

Sobre el final de la sentencia, se determina que “El Ministerio de Relaciones Exteriores debe efectuar el cálculo de acuerdo con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia y no de acuerdo a las pautas que está aplicando”. Se trata de las mismas normas que hoy en el sector político Ciudadanos buscan derogar. 

La posición en contra de la SCJ

En la exposición de motivos Schipani recordó que la norma fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en 2005 y en “diversas oportunidades” desde entonces. Incluso incluyó en la fundamentación de su iniciativa el voto discorde del expresidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique, en una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Familia de Segundo Turno de 2004. En la misma, Pérez señaló que no existen motivos para la “limitación”, dado que “constituye una clara discriminación con violación de claros principios constitucionales y de varias normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

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