MAL DESPEDIDO

Interior debe pagar un millón de pesos por destitución de un policía en Rocha: ¿por qué?

En 2017, un agente fue removido por trabajar como guardia de seguridad en un comercio; la cartera “violó” el principio de igualdad consagrado en la Constitución, sostuvo el juez.

Policías. Foto: Archivo El País.
Policías. Foto: Archivo El País.

En 2017 un policía de Rocha fue dado de baja ya que siendo integrante del Sindicato Único de Policías del Uruguay (Supu) también trabajaba como sereno en un reconocido supermercado de Rocha.

Para el entonces oficial se trató de algo injusto por lo que inició una demanda luego de pasar por un procedimiento administrativo que, según comprobó más adelante la Justicia, estuvo “plagado de arbitrariedades” y en el que hubo “una actuación ministerial totalmente subjetiva”.

Previo a ser destituido el demandante, siendo miembro de un gremio policial, denunció supuestas carencias en el funcionamiento de la cárcel de Rocha antes de que ocurriera un fatal incendio en el que murieron 12 personas. También alertó sobre irregularidades en el accionar de un encargado de una comisaría.

Su remoción se dio luego de que el entonces policía acompañó a un gerente del supermercado a denunciar en una seccional el robo de varias garrafas de gas. Horas más tarde, regresó a la comisaría para saber si había alguna novedad sobre el incidente. Ahí discutió con el entonces encargado de la seccional. El oficial le labró un acta porque entendió que el efectivo estaba realizando tareas de seguridad en el supermercado, lo cual es incompatible con la función policial. Ese informe del oficial pasó a la Jefatura de Rocha y de ahí a Asuntos Internos. Tras un posterior sumario, fue dado de baja.

En 2021, el expolicía inició una demanda en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno, cuyo titular es el juez Gabriel Ohanián. Allí argumentó que se le privó del empleo a tres años de pasar a retiro y agregó que con la destitución ello ya no era posible.

Dijo, además, que deberá esperar 15 años para alcanzar una pasividad si es que lograba completar los años.

Además, recordó que en Rocha hubo otros casos de guardias de seguridad a quienes se les instruyó sumarios administrativos sin que los destituyeran. Al final de su demanda, reclamó una indemnización por $ 2 millones.

El Ministerio del Interior se excusó en que el demandante “cumplía tareas reñidas” con la calidad de funcionario policial, Y advirtió que quedó “debidamente probada” la falta cometida por el entonces policía al trabajar en la seguridad del supermercado.

Al analizar la demanda, el juez Ohanián advirtió que, una vez constatada que la destitución fue violatoria del principio de igualdad como lo sostuvo el expolicía, la “reparación correspondía”, porque el Ministerio del Interior “trató en forma muy disímil” otros casos de funcionarios que también hacían trabajos para privados como “seguridad”.

El juez coincidió con el Ministerio del Interior de que el demandante cumplía tareas de seguridad en el supermercado. No obstante, recordó que otros policías también lo hacían pero no fueron destituidos. Es decir, Ohanián entendió que, por esas diferentes miradas, el Ministerio del Interior “violó” el principio de igualdad consagrado en la Constitución.

Ohanián recordó que, en junio de 2013, -fecha próxima al sumario realizado al exoficial-, la Jefatura de Policía de Rocha tomó conocimiento por fotografías en redes sociales que varios policías trabajaban como seguridad en un local bailable de Rocha.

Durante la investigación administrativa, ninguno de los funcionarios negó trabajar allí y el dueño del local reconoció que eran seguridad. Incluso, en las fotos, se los veía “conteniendo” a los asistentes. Poco después, esos policías fueron investigados desde el punto de vista administrativo y se les tipificó una sanción de un mes de suspensión en la función con privación de medio sueldo. “Los hechos son los mismos”, afirmó el juez en su fallo. Por ello, condenó al Ministerio del Interior a pagar una indemnización por daño moral de $ 750.000 más intereses ($ 1.000.000) desde el inicio de la demanda, con reajustes a partir de la sentencia.

“Existía animosidad hacia el demandante”

El juez Gabriel Ohanián dijo que al entonces agente se le aplicó “un criterio infinitamente más severo” que colegas suyos que trabajan en seguridad. Ello permite suponer que “existía una especial animosidad en su contra”. Recordó que el daño moral no admite resarcimientos bajos. “Si la cifra asignada no tiene capacidad de transformarse en algún bien de vida, (un automotor, un terreno) no hay tal reparación y las condenas son meramente simbólicas”, indicó.

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