FALLO

Condena sin cárcel por homicidio de dos jóvenes en siniestro de tránsito en Lavalleja

Justicia falló sobre el choque en Minas en el que los jóvenes Joaquín y Franco (19 y 18 años) murieron; hubo omisión de asistencia.

La tragedia que dividió a dos familias en la ciudad minuana ocurrió el 20 de julio de 2019. Foto: Leonardo Mainé
La tragedia que dividió a dos familias en la ciudad minuana ocurrió el 20 de julio de 2019. Foto: Leonardo Mainé

¿Accidente u homicidio? Esa era la interrogante que Fiscalía y abogados defensores de víctimas y acusados argumentaron de un lado y otro en un juicio que tuvo nueve audiencias judiciales y más de ochenta horas dirimiendo sobre una tragedia. Tragedia que había llegado en forma de siniestro de tránsito en la madrugada del 20 de julio de 2019 en Minas y que provocó la muerte de Joaquín y Franco de 19 y 18 años respectivamente. Ese choque también generó el quiebre dos familias ya que, quienes lo provocaron, eran amigos de quienes murieron en el siniestro.

La Justicia resolvió que la respuesta a esa interrogante fuera: homicidio y omisión de asistencia.

Según la investigación de la Fiscalía de 2° Turno de Lavalleja las víctimas circulaban en un Volskwagen por la Ruta 12. A las 02:34 horas, según se observó en las cámaras de la zona, otro vehículo los “tocó” y provocó así que el auto que conducía Joaquín colisionara contra la entrada de cemento de una casa. Ese vehículo era una camioneta Mercedes Benz gris en el que iban tres personas: TCM (de 17 años y quien conducía la camioneta; JMPP, que iba como acompañante y MTF, que iba en la parte trasera del Mercedes. El conductor, luego del choque, se fue y guardó la camioneta.

Esto, argumentó la Fiscalía, “implicó estorbar las investigaciones ya que tiempo después se pudo recién vincular la existencia de otro vehículo partícipe en el accidente”. El 22 de noviembre de 2019 se formalizó la investigación penal respecto a cuatro personas y se las imputó por diferentes delitos. TCM, por homicidio y omisión de asistencia; a JP y MT, por encubrimiento y omisión de asistencia; a LM, madre de TCM y dueña de la camioneta que manejaba su hijo sin permiso, por omisión de los deberes inherentes a la patria potestad.

Condena judicial.

Según adelantó la sección Qué Pasa en un informe publicado el pasado 18 de julio la Justicia se iba a expedir ayer por este caso. Efectivamente en la tarde de la víspera se logró la condena para el conductor de la camioneta por dos delitos de homicidio y otro de omisión de asistencia.

Por su parte, el acompañante, fue condenado por un delito de omisión de asistencia. La Fiscalía había solicitado que se lo acusase de un delito de encubrimiento, pero la Justicia no accedió. Juan Raúl Williman, quien lleva adelante la defensa de las víctimas junto a Rossana García, indicó a El País que la Justicia no hizo lugar “el encubrimiento y tampoco a que el homicidio fuera a título de dolo eventual”, señaló. “Fue a título de culpa”. De todas formas el penalista indicó que “la parte importante es que se acreditó plenamente que estábamos frente a un homicidio y omisión de asistencia”.

Si bien ambos involucrados fueron condenados Williman explicó que se impusieron “medidas socio educativas no privativas de libertad (...) Tienen libertad vigilada con controles del Inisa y trabajo comunitario y para el que manejaba la prohibición de conducir”.

Las mismas, según supo El País, son de 22 meses para el conductor y ocho meses para el acompañante. El juicio por las otras personas acusadas aún no comenzó.

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