OPINIÓN

Universidad, Chile y Uruguay

Durante la presidencia de Michelle Bachelet, el Congreso Nacional de Chile reformó el marco jurídico de la educación superior. En buena medida, esto fue producto de las protestas estudiantiles desatadas bajo la anterior administración de Sebastián Piñera.

Facultad de Derecho es el servicio que tiene más cantidad de docentes que superan los 70 años. Foto: F. Ponzetto
Universidad de la República. Foto: F. Ponzetto

En marzo del 2018, Piñera volverá a la presidencia y deberá continuar implementando esta reforma educativa.

Sistema universitario.

En el mensaje de la presidente Bachelet al Congreso, se destaca que "la educación es un derecho fundamental, tiene un valor público innegable y está en la base de una sociedad más justa, democrática y participativa". Estas razones justifican el apoyo del Estado pero no que su prestación deba estar, total o mayoritariamente, a cargo de una institución pública. Bachelet afirma que "a esta tarea están convocadas todas las instituciones" y respecto a la asignación presupuestaria detalla que "el objetivo de que los recursos destinados a la educación superior se inviertan en sus fines, debe alcanzarse considerando la naturaleza pública y privada de las instituciones de educación superior".

En Uruguay, lentamente se está evolucionando hacia la consideración de un sistema universitario. La Universidad Tecnológica del Uruguay (UTEC), la futura Universidad de la Educación (UNED) y el afianzamiento de las universidades privadas, son avances en ese trayecto del que resta mucho por recorrer.

EL Acceso.

La presidente reconoce que la promoción de políticas de acceso fue "una de las principales prioridades de los últimos gobiernos", incluyendo aquí la pasada administración de Piñera. Indica que esto llevó a una cobertura neta del 39,3%, similar al promedio de los países de la OCDE.

Por otro lado, persisten grandes brechas sociales. Mientras un 60% de los jóvenes (18-24 años) que pertenecen al 10% más rico de Chile accede a la educación superior (universidades e institutos técnico-profesionales), en cambio, dentro de la mitad más pobre solo un 30% lo hace. Esta situación es similar a Uruguay. Según la Encuesta Continua de Hogares del INE el 21% de los jóvenes del decil más rico asiste a alguna universidad, en cambio, solo 8 de cada 100 jóvenes de la mitad más pobre del país lo hace.

Admisión.

La ley chilena crea un "Sistema Común de Acceso a las Instituciones de Educación Superior" bajo responsabilidad de la Subsecretaría de Educación Superior. Este sistema establece los procesos e instrumentos para la "postulación, admisión y selección de estudiantes". En este punto, en Uruguay estamos especialmente atrasados. No tenemos selección ni límites en el tiempo. Las capacidades de los estudiantes no son evaluadas antes del ingreso mediante pruebas de admisión, ni su permanencia condicionada al rendimiento satisfactorio.

En la Universidad de la República esto se traduce en estudiantes eternos e ineficiencia en el gasto público. En las universidades privadas suele haber instrumentos de evaluación de sus postulantes, pero, son utilizados para asignar becas y no realmente para controlar la calidad de quienes ingresan. Adicionalmente, no hay coordinación alguna entre las distintas instituciones universitarias y, por lo tanto, no sabemos nada de eventuales diferencias en la calidad de los estudiantes ni del valor agregado que las instituciones transfieren al final del proceso educativo.

Sería conveniente avanzar hacia un instrumento público común que las distintas universidades puedan usar en sus procesos de admisión. El SAT, en Estados Unidos, es uno de muchos ejemplos posibles.

Gratuidad.

La gran bandera de las protestas estudiantiles en Chile y uno de los objetivos explícitos de esta ley es la gratuidad. La ley establece que las instituciones "ya sean estatales o reconocidos oficialmente por el Estado… recibirán el financiamiento institucional para la gratuidad, de conformidad a las condiciones que establece este título". Nuevamente, queda manifiesto que el financiamiento estatal a la educación no es condicional a que los estudiantes cursen en una institución pública. Financiamiento y provisión de un servicio no son equivalentes.

En el 2018, la gratuidad alcanzará a quienes pertenecen a los seis deciles de menores ingresos. Los estudiantes de los hogares del 40% más rico seguirán pagando. La Encuesta Continua de Hogares nos permite estimar qué efectos tendría esto en Uruguay. Tan solo un 31% de los estudiantes de la Universidad de la República estarían cubiertos por la gratuidad. El 69% restante debería pagar por sus estudios ya que forman parte del 40% más rico del Uruguay. De hecho, si se aplica esta regla a las universidades privadas, un 11% de quienes asisten a ellas también deberían de recibir financiamiento estatal que hoy no reciben.

Estos números desnudan una realidad conocida. Los estudiantes universitarios provienen mayormente de los sectores más acomodados de la sociedad. La gratuidad universitaria irrestricta ha sido una bandera de la izquierda, sin embargo, es una política regresiva.

En los próximos años, la implementación de esta ley no le traerá mayor igualdad social a Chile. Sujeto a que los ingresos fiscales estructurales representen un mayor porcentaje del PIB tendencial, la gratuidad alcanzará a los hogares de los siete primeros deciles, luego de los ocho, luego de los nueve y finalmente al 10% más rico. En definitiva, si Chile logra los resultados fiscales establecidos en la ley, los ingresos de los mismos irán para los más ricos. ¿Es este el camino de la igualdad de oportunidades?

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