ESTÍMULO FISCAL

Ley de “vacación fiscal” podría ser inconstitucional

El especialista tributario de FBM Advisory, Fabián Birnbaum, explicó que es el Ejecutivo quien tiene la iniciativa para “determinar exoneraciones tributarias y no es el caso de esta ley aprobada”.

Parlamento. Foto: Francisco Flores.
Parlamento. Foto: Francisco Flores.

A fines de diciembre del año pasado el Parlamento aprobó un proyecto de ley en el que estableció que el régimen de exoneración de impuestos para extranjeros por activos en el exterior -conocido como “vacaciones fiscales”- podrá usarse ahora también por parte de quienes ya adquirieron la residencia fiscal. Ahora podrán extender ese beneficio por 10 años (antes eran cinco). Esto implica que están exentos del pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos mobiliarios fuera del país.

Según estableció la normativa -presentada por legisladores de la coalición- para poder hacer uso de ese estímulo, los residentes deberán realizar una inversión en inmuebles por un total de 3.500.000 Unidades Indexadas (aproximadamente unos U$S 380.000) y permanecer en el país al menos durante 60 días.

Este fue el requisito que logró, en diciembre, el equilibrio en el Parlamento uruguayo, dado que desde la oposición se había cuestionado la medida porque entendían que era un premio que beneficiaba a quienes ya eran residentes sin pedirles ninguna exigencia adicional. Por esa razón, la disposición se había quitado del proyecto original.

Sin embargo, ahora hay dudas respecto de la constitucionalidad de la ley. De acuerdo con un informe del estudio Bergstein -publicado por La Diaria- la normativa sería “inconstitucional” dado que el Poder Legislativo no tiene el permiso para aumentar las exoneraciones tributarias. Según la Constitución, “requerirá la iniciativa del Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que determine exoneraciones tributarias”, siendo este el único que puede presentar proyectos en materia económico financiera.

Según afirmó a El País el especialista tributario de FBM Advisory, Fabián Birnbaum, es el Poder Ejecutivo quien tiene la iniciativa para “determinar exoneraciones tributarias y no es el caso de esta ley aprobada”. Sobre este punto, dijo que una de las dudas interpretativas que queda planteada en la normativa refiere a determinar si hay una exoneración o una ampliación de un beneficio. Es que la ley permite que los extranjeros que obtengan su residencia fiscal podrán elegir la exención del pago impositivo y evitar pagar una tasa del 12%, o puede elegir pagar una tasa reducida del 7% sin límite de tiempo.

“Si extendés el plazo por cinco años más, pareceria que te dan una exoneracion. La pregunta es si eso efectivamente es así o es una ampliación del beneficio. Parecería que técnicamente podría calificar como exoneración, pero si se elige la opción del 7% ahí no hay una exoneración, hay una rebaja de tasas entonces es correcto el proyecto”, explicó Birnbaum.

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